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Archivo de la categoría: Derecho

Parte Dogmática de la Constitución

Un dogma es algo que es incuestionable o indiscutible, y que se tiene que cumplir.

La parte dogmática de la constitución contiene los llamados derechos humanos, como son la libertad de expresión, libertad de culto, libertad de asociación, solo por mencionar algunos, enn otras palabras “Las Garantías Individuales”. Los derechos fundamentales constituyen una limitación al poder de los gobernantes, que de otro modo caerian facilmente en el despotismo y la arbitrariedad.

Esta parte dogmática se denomina así por que los derechos humanos representan verdades políticas que la constitución acepta a manera de dogma, que son principios que valen sin necesidad de demostrarlos, fruto de la lucha histórica del hombre por su libertad.

La parte dogmática se localiza esencialmente en los primeros 29 artículos de nuestra constitución, pero existen más derechos humanos regulados en otras disposiciones constitucionales.

Las garantías de seguridad jurídica se encuentran en los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23.

 
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Publicado por en enero 16, 2007 in Derecho

 

Origen de la Constitución en México

Nuestra primera constitución comenzó a operar o a tener vigencia a partir de la época del México independiente.

En el año de 1810 se empezó a gestar sobre los lineamientos de una constitución que en 1813 se plasmó como “Los sentimientos de la Nación”.

Luego viene la de 1824, en la cual se encuentra el precepto de una federación, por lo que es la primera constitución federal.

En la constitución de 1836 se dan cambios por la inestabilidad que existía, en una época donde se manifestaban continuamente cuartelazos y motines.

Posteriormente tenemos la constitución de 1857 que da como consecuencia el juicio de amparo.

En esta constitución se hace la división y separación del estado con la Iglesia (por medio de las Leyes de Reforma).

Por ultimo, la Constitución de 1917, que fue plasmada por los constituyentes en la ciudad de Querétaro, y a la fecha es la que nos rige.

Poder Constitucional

Según el doctor Mario de la Cueva, la constitución vivida o creada es la fuente de Derecho, y la única que posee el carácter primario, colocada por encima del Estado, por que contiene la esencia del orden político y jurídico, por lo tanto es la fuente de la que van a emanar todas las normas de la conducta de los hombres, y las que determinan la estrucutra y actividad del estado.

Partes de la Constitución

  • Dogmática
  • Orgánica
  • Social (Programática)
 
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Publicado por en enero 15, 2007 in Derecho

 

La Constitución

Constitución

La constitución es un conjunto de normas jurídicas que se encuentran contenidas en un documento formal, que sólo pueden ser modificadas mediante procedimientos especiales, la cuál regula la creación de otras normas, y especialmente en ella descansa el poder del Estado.

Antecedentes Históricos

Los primeros en idear algo parecido a una constitución fueron los Hebreos con el Decálogo, o los 10 mandamientos, que fueron entregados a Moises en el monte Sinaí por Dios, los cuales siguen vigentes hasta nuestros dias.

De ahí le siguen los Griegos y sus 12 tablas, que eran constituciones para las polis (como ciudades).

En la Edad Media, lo más parecido a leyes o constitución eran los pactos que se celebraban entre el Rey y sus súbditos para regir a la comunidad.

Origen de la Constitución

La primera constitución escrita se originó en Inglaterra, fue el instrumento de gobierno (Instrument of Government) que constaba de 44 artículos y fue expedida en 1653 por Oliver Cromwell.

Los franceses contribuyeron al triunfo de la constitución escrita en su célebre declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano en el año de 1789.

La tercera fue la constitución de Cádiz en España, fue impuesta por el pueblo al soberano en 1812, habiendo sido aceptada por Fernando VII, esta constitución fue la que sirvió de modelo a la de México.

Primeras Constituciones de América Latina

  • Chile: 1814
  • Colombia, Venezuela y Ecuador: 1821
  • Argentina: 1826
  • Perú: 1828
  • Uruguay: 1830
  • Bolivia: 1831

Nota: Imperando en todas ellas el principio del caudillismo, que es una exageración del presidencialismo.

 
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Publicado por en enero 10, 2007 in Derecho

 
 
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